Una mujer que viajaba en el Tren Belgrano Norte fue víctima de un violento intento de robo que cambió su vida para siempre. El hecho ocurrió en marzo de 2015, cuando un delincuente intentó quitarle el celular y la empujó desde una formación en movimiento a la altura de Carapachay, en el partido de Vicente López.
Once años después, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la condena contra Ferrovías S.A.S. y ordenó que la empresa pague una indemnización cercana a $200 millones, más los intereses acumulados desde la fecha del accidente.
Para los magistrados, la empresa incumplió el deber de seguridad que le corresponde como prestataria del servicio ferroviario. El fallo sostuvo que el tren circulaba con las puertas abiertas, una situación que resultó determinante para que el ataque terminara con consecuencias irreversibles.
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La víctima había abordado la formación alrededor de las 14.15 en la estación Boulogne, con destino a Retiro. Cuando el tren comenzaba a dejar atrás Carapachay, un delincuente intentó arrebatarle el teléfono celular. Durante el forcejeo, la empujó hacia el exterior del vagón.
La caída que terminó con la amputación de una pierna
Como la puerta permanecía abierta, la mujer cayó a las vías y fue arrastrada varios metros por el tren. El impacto provocó la amputación inmediata de su pierna derecha, además de múltiples lesiones que requirieron una prolongada internación y numerosas intervenciones quirúrgicas.
La mujer se subió al Tren Belgrano Norte en Boulogne y fue arrojada en Carapachay.
Tras el episodio fue trasladada al Hospital de Vicente López, donde comenzó un largo proceso de recuperación física y psicológica. Mientras tanto, el agresor, identificado como Diego Retamar, fue detenido a pocos metros del lugar y posteriormente condenado en la causa penal.
Sin embargo, el proceso civil avanzó por otro camino. Ferrovías argumentó que se trató de un hecho imprevisible provocado por un tercero y que, por lo tanto, no debía responder por los daños ocasionados.
La Cámara rechazó esa postura y consideró que el robo dentro de una formación era un riesgo previsible que la empresa debía contemplar mediante medidas de prevención adecuadas. Además, recordó que el contrato de transporte obliga a trasladar a los pasajeros sanos y salvos hasta su destino.
Qué observó la Justicia para responsabilizar a Ferrovías
Durante el juicio se acreditó que el tren circulaba con las puertas abiertas, que el guarda autorizó la salida sin verificar su cierre y que no había custodia policial preventiva en ese horario. Para los jueces, si los accesos hubieran permanecido cerrados, el empujón del ladrón no habría derivado en la caída de la pasajera.
Una mujer fue arrojada del Tren Belgrano Norte tras un robo y será indemnizada.
El tribunal también sostuvo que la condena penal del agresor no exime de responsabilidad civil a la empresa, ya que ambas obligaciones son independientes. En ese sentido, concluyó que Ferrovías debía responder por las fallas propias del servicio.
Como consecuencia de las graves secuelas, la Cámara elevó los montos indemnizatorios. Fijó $95 millones por las secuelas físicas y psicológicas, $65 millones por daño moral, $8 millones por gastos médicos y traslados, y $31 millones para prótesis, tratamientos y asistencia futura.
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De esta manera, la reparación total alcanzó los $199,3 millones, cifra a la que deberán sumarse los intereses generados desde marzo de 2015. El fallo representa uno de los pronunciamientos más relevantes de los últimos años en materia de responsabilidad de empresas ferroviarias por incumplimientos en las condiciones de seguridad de los pasajeros.
