La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al reclamo planteado por la firma correntina Establecimiento Las Marías S.A.C.I.F.A. y ratificó la vigencia de una medida cautelar que frena las retenciones, percepciones y pagos a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos exigidos por la Agencia Tributaria Misionera (ATM).
Con la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal declaró además su competencia originaria para resolver el fondo del litigio interpuesto por la emblemática industria yerbatera con sede en Gobernador Virasoro.
En su presentación judicial, la empresa demandó la inconstitucionalidad de una batería de resoluciones generales vigentes en Misiones (3/1993, 35/2002, 56/2007, 1/2010 y modificatorias), al considerar que vulneran los derechos de propiedad, legalidad y libre circulación estipulados en la Constitución Nacional.
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Según detalló Las Marías, la aplicación de dichos regímenes le imponía pagos a cuenta mensuales por más de 597 millones de pesos, lo que representaba un costo proyectado anual superior a los $7.171 millones, frente a una obligación fiscal estimada real de solo 23,3 millones de pesos.
La compañía remarcó que las detracciones equivalían al 30718% del impuesto definitivo o a 307 años de gravamen adelantado, cifra que supera holgadamente la propia vigencia estatutaria de la sociedad (99 años).
La Corte Suprema de la Nación frenó el cobro de anticipos millonarios de la provincia de Misiones a la yerbatera Las Marías
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